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NORMAS BASICAS DE FUNCIONAMIENTO SOAJP

NORMAS BÁSICAS DE FUNCIONAMIENTO

 

Estimados compañero/as:

Tras más de un año y medio de funcionamiento del sistema de coordinación del

Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria, la Comisión viene detectando, a la vez que un gran esfuerzo y receptividad por parte de todos los compañeros, una reiteración de errores en la cumplimentación y devolución de los Expedientes de los internos.

Por ello, quedando acreditado que no hemos sido capaces de transmitir con suficiente claridad el protocolo de actuación, nos parece conveniente reiterar la Circular dictada en su día, a raíz de la aprobación en fecha 27 de marzo de 2006 por parte de la Comisión del Turno de Oficio del protocolo, que fue presentada públicamente en Asamblea General de Letrados del SOAJP de 26 de junio de 2006, y cuyo contenido se ha venido reproduciendo en los cursos anuales del nueva adscripción y reciclaje.

En concreto, los principales errores detectados y que dan lugar al envió de reiteradas cartas a los compañeros son:

- Confusión entre Hoja de Encargo y de Gestiones: La primera, debe ser firmada por el Letrado y el interno, debiéndose quedar cada uno de ellos con una copia, y otra en el Expediente. En ella debe identificarse cada uno de los encargos. La Hoja de Gestiones debe por el contrario, señalar la realización o no (explicando en el segundo caso las razones) del encargo, así como consignar que ha sido comunicado al interno su realización. Debe  acompañarse copia del escrito y de la carta (aunque sea del primer folio). La gran mayoría de las cartas enviadas ha sido por copiar el tenor de la hoja de encargo, y por tanto no señalar si se había realizado el encargo del interno. Otras veces, no se señala si se ha enviado al interno información sobre la iniciación del procedimiento, cuestión clave toda vez que el retraso del JVP hace que puedan demorarse meses la resolución del encargo, lo que provoca confusión en el interno y reiteración de consultas, y gestiones consistentes en llamar a otro compañero para obtener información sobre el estado de procedimientos anteriores. Es preciso recordar que la Audiencia Provincial, a diferencia del JVP, no comunica a los internos la desestimación de las apelaciones, por lo que deberíamos enviar copia de las mismas a los internos.

- Si el interno no desease ningún encargo debe hacerse contar en la misma, al igual que si se encuentra en Diligencias en el exterior, permisos… En estos casos, salvo que la situación sea previsiblemente definitiva (traslado, CIS o libertad condicional o definitiva) el Letrado debe señalar a Felipe dicha circunstancias para que otro compañero le asista en siguiente guardia.

- La carpeta del expediente debe ser cumplimentada en cada asistencia (identificación de letrado y guardia, así como datos del interno en la primera asistencia que abra la carpeta).

- El expediente debe ser devuelto en el plazo de 15 días, sin excepción, plazo razonablemente suficiente para la iniciación de la ejecución de los encargos recibidos.